Alzamiento de Embargos, Hipotecas y Prohibiciones en el Conservador de Bienes Raíces

¿Terminó de pagar su deuda y el embargo, la hipoteca o la prohibición aún aparecen inscritos en el Conservador de Bienes Raíces? En muchos casos éstas cargas no desaparecen automáticamente y es necesario gestionar su correspondiente alzamiento registral.

¿Qué es un alzamiento?

Un alzamiento consiste en la cancelación de una inscripción que grava o limita una propiedad inscrita en el Conservador de Bienes Raíces.

Es importante distinguir entre el término de la obligación principal, y el alzamiento de la garantía o embargo en el Registro de Hipotecas y Gravámenes o de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar que por ley deben llevar cada Conservador de Bienes Raíces a lo largo del país.

Por ejemplo, una deuda hipotecaria puede encontrarse completamente pagada, pero mientras continúe inscrita la respectiva hipoteca como carga seguirá apareciendo en el estudio de títulos y continuará afectando el inmueble.

Lo mismo ocurre con numerosos embargos o prohibiciones de enajenar que permanecen inscritos incluso años después de haberse terminado el juicio.

SERVICIOS REGISTRALES

¿ Qué tipo de alzamientos realizamos?

Alzamiento de Embargos

Tramitación de la cancelación registral de embargos inscritos una vez extinguida la obligación o concluído el procedimiento judicial.

Alzamiento de Hipotecas

Tramitación de la cancelación registral de hipotecas una vez pagado o el crédito o extinguida la garantía por alguna causa contemplada en la ley.

Alzamiento de prohibiciones

Tramitación de la cancelación registral de prohibiciones de celebrar actos y contratos inscritas por resolución decretada por tribunales de justicia.

Alzamiento de Medidas Precautorias

Tramitación del levantamiento registral de medidas precautorias que afecten la libre disposición del inmueble o su transferencia.

SERVICIO REGISTRAL

¿Cómo se realiza un alzamiento?

Realizar un alzamiento requiere cumplir a lo menos con las siguientes etapas:

Extinción de la obligación

Documento habilitante

Ingreso en Conservador

Inscripción

Propiedad libre de cargas

¿Necesita gestionar un alzamiento?

Analizamos su certificado y los antecedentes registrales de la propiedad

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(2024)

¿Cómo saber si un inmueble mantiene cargas vigentes?

alzamientos en conservador de bienes raíces

CERTIFICADO DE HIPOTECAS Y GRAVÁMENES

La forma más segura de verificar si un inmueble mantiene cargas vigentes es revisando el Certificado de Hipotecas y Gravámenes emitido por el Conservador de Bienes Raíces.

Éste certificado permite identificar la existencia de hipotecas, embargos, prohibiciones de gravar o enajenar, medidas precautorias y otras limitaciones que puedan afectar la libre disposición del inmueble.

Si el certificado revela cargas que ya debieron cancelarse, es posible que sea necesario gestionar el correspondiente alzamiento registral.

¿Tiene este certificado?

Puede adjuntarlo junto con su consulta para facilitar la evaluación preliminar de su caso.

Problemas frecuentes

Ya pagué la deuda pero el embargo sigue inscrito

El pago de la deuda no elimina automáticamente la inscripción del embargo. Generalmente será necesario obtener la resolución correspondiente o inscribir el alzamiento.

Mientras no se practique la cancelación registral la hipoteca continuará apareciendo.

El Conservador de Bienes Raíces puede (y de hecho debe) rechazar el ingreso de una escritura de compraventa si la propiedad mantiene un embargo o medida precautoria, lo anterior por lo dispuesto en el artículo 1464 Nº3 del Código Civil.

Cada embargo tiene su origen en un juicio (civil, laboral e incluso en materia penal). Lo normal es que si son embargos decretados por distintos juicios, deba solicitarse el alzamiento en cada una de las causas donde fue decretado cada embargo

¿Por qué es importante cancelar estas inscripciones?

Según nuestra experiencia en Derecho Registral, una propiedad gravada con embargo, hipoteca o medida precautoria puede presentar dificultades para:

La regularización oportuna evita reparos y contingencias jurídicas futuras.

Preguntas frecuentes

¿Pagar la deuda elimina automáticamente un embargo?

Si el embargo está inscrito en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces, la resolución que ordene alzar un embargo no lo elimina automáticamente.

No, el acreedor hipotecario debe otorgar escritura de cancelación y practicarse la cancelación en Conservador de Bienes Raíces.

La mejor manera de saberlo es mediante un certificado de hipotecas y gravámenes emitido por Conservador de Bienes Raíces correspondiente al inmueble asociado al crédito hipotecario.

Si. Si el título ingresado (escritura o resolución judicial) presentan errores o no cumplen con los requisitos legales, el Conservador de Bienes Raíces puede formular un reparo.

Depende del motivo del embargo y de la operación pretendida. En muchos casos será recomendable regularizar la situación del inmueble.

Los documentos varían según el tipo de carga que se desea cancelar a través de un alzamiento. Aunque lo que es transversal tanto para poder determinar la causa y la forma de alzar se verifica siempre a través de un certificado de hipotecas y gravámenes emitido por Conservador de Bienes Raíces donde se encuentra inscrita la propiedad que se desea liberar.

¿Necesita cancelar un embargo, una hipoteca o una prohibición inscrita?

Complete el formulario y adjunte, si los tiene, el certificado del Conservador o los antecedentes relacionados con su caso. Revisaremos la información para evaluar la forma  más adecuada de proceder.

    ¿Desea adjuntar el Certificado de Hipotecas, Gravámenes e Interdicciones?

    Si aún no lo tiene, igualmente podemos evaluar su caso con la información que nos proporcione.


    Puede adjuntar, por ejemplo:

    – Certificado de Hipotecas, Gravámenes e Interdicciones.
    – Resolución u oficio del judicial.
    – Reparo del Conservador.

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